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Préstamo entre empresas del mismo grupo empresarial: actividad vulnerable.

La LFPIORPI [1] considera en su artículo 17, fracción IV, así como en la Reglas de Carácter General de la ley, que las operaciones de préstamo, crédito y mutuo celebradas entre empresas  que  forman  parte  de  un  mismo  grupo  empresarial, son ACTIVIDADES VULNERABLES sujetas a cumplir con todas las obligaciones [2] establecidas en la ley citada.  A su vez, la ley estipula que dichas empresas  estarán exentas de cumplir con ciertas obligaciones como: presentar avisos al SAT, siempre y cuando el total de la operación haya sido ministrado por conducto de instituciones del sistema financiero y las empresas integren un grupo empresarial, en términos de la fracción X del artículo 3 [3] de las reglas mencionadas.

Dado que la práctica de préstamos entre empresas del mismo grupo es común, es de suma importancia que éstas lleven a cabo dichas operaciones en el marco de los esquemas y protocolos que la Ley Antilavado dispone. En Ethos Buró Legal, te ayudamos a cumplir con tus obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero, y así, evitar las consecuencias penales y administrativas que la Ley prevé.

Nosotros le informamos, usted toma la decisión.


  1. Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
  2. Tramitar su alta en el padrón de sujetos obligados:
    • Designar responsable de cumplimiento;
    • Presentar mensualmente informe en ceros, artículo 27 bis RCG;
    • Identificar a su cliente o usuario, o al Beneficiario Controlador;
    • Contar con manual de prevenciones lavado de dinero;
    • Integrar expedientes únicos de identificación;
    • Conservar dicha información 5 años.
  3. Grupo empresarial, es el conjunto de personas morales organizadas bajo esquemas de participación directa o indirecta del capital social, en las que una misma sociedad mantiene el control de dichas personas morales.

Aviso de actualización de información de socios o accionistas

Las personas morales que realizan una modificación o incorporación de socios o accionistas, se encuentran obligados a presentar el aviso correspondiente ante el SAT cada vez que efectúan tales movimientos.

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