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Las personas morales que realizan una modificación o incorporación de socios o accionistas, se encuentran obligados a presentar el aviso correspondiente ante el SAT cada vez que efectúan tales movimientos, informando el nombre y la clave del RFC de los socios o accionistas. En caso de que las modificaciones o incorporaciones se hayan realizado en el ejercicio fiscal inmediato anterior y aún no se haya presentado el aviso, las personas morales podrán dar cumplimiento a dicha obligación a más tardar el 31 del marzo del año posterior.
Si tal modificación o incorporación de la estructura societaria se fuera a realizar durante el primer semestre del actual año, deberán presentar dicho informe 30 días hábiles siguientes a aquel en que se llevó a cabo, teniendo como límite el 30 de septiembre de ese mismo año.
Lo anterior conforme con la RMF [1] y ficha de trámite 295/CFF “Solicitud de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquéllas que tengan control, influencia significativa o poder de mando”, contenida en el Anexo 1-A de la RMF.
Nosotros le informamos, usted toma la decisión.
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