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Disposiciones para la conservación y registro de marcas

DECLARACIÓN DE USO REAL Y EFECTIVO

El registro de una marca, independientemente de su tipo, tiene una vigencia efectiva de 10 años; sin embargo, si se realizó el registro de marca y fue otorgada a partir del 10 de agosto de 2018 se tiene la obligación, de acuerdo al artículo 233 de la LFPPI[1], de realizar el trámite de DECLARACIÓN DE USO REAL EFECTIVO ante el IMPI[2] durante los 3 meses posteriores contados a partir de que se cumpla el tercer año de haberse otorgado el registro. Vgr. Si obtuvo el registro el 11 de agosto de 2018 su fecha límite para presentar su declaración de uso real y efectivo es el 11 de noviembre de 2021.

RENOVACIÓN Y DECLARACION DE USO REAL Y EFECTIVO

Por su parte, los registros otorgados con anterioridad al 10 de agosto de 2018 deberán solicitar la RENOVACIÓN Y DECLARACIÓN DE USO REAL Y EFECTIVO en el plazo de 6 meses antes y 6 meses después de la terminación de la vigencia (10 años) de la marca, esto de acuerdo al artículo 237 y del artículo décimo primero transitorio de la ley citada. Vgr. Si obtuvo el registro el 18 de septiembre de 2017, podrá presentar la renovación y declaración de uso real y efectivo desde el 18 de marzo de 2027 y hasta el 18 de marzo de 2028.

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[1] Ley Federal de Protección a la Propiedad industrial

[2] Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

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