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¿Conoces cuáles son tus obligaciones como proveedor de bienes y servicios en plataformas electrónicas?

Aquellas personas físicas o morales que ofrezcan, distribuyan o vendan bienes, productos y servicios, a través de plataformas electrónicas o de comercio electrónico deberán actuar en todo momento de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Protección al Consumidor y la Norma Mexicana de Comercio Electrónico (NMX-COE-001-SCFI-2018).

Esta Norma Mexicana dispone los términos y condiciones a que estarán sujetas las transacciones electrónicas, mismos que deben incluir, entre otros, lo siguiente:

  1. Nombre comercial, marca, denominación o razón social, domicilio físico en territorio nacional, Registro Federal de Contribuyentes y números telefónicos, u otros medios de contacto;
  2. Información sobre el procedimiento para la adquisición del bien, producto o servicio, señalando las características y restricciones de los mismos;
  3. Información al consumidor de su derecho a revocar su consentimiento respecto la transacción celebrada, sin responsabilidad ni justificación alguna;
  4. Mecanismos de devolución, reposición o cambio de los bienes, productos o servicios, así como los de reclamación o aclaración.
  5. Cuando ofrezcan garantías debe informar sobre el plazo de las mismas, el cual no puede ser menor al previsto en la Ley o las disposiciones jurídicas aplicables, así como las restricciones aplicables;
  6. Dar a conocer las restricciones de edad para hacer uso de la tienda virtual o plataforma de comercio electrónico;
  7. El tratamiento que le dará a sus datos personales;
  8. Métodos de pago y facturación fáciles de usar, implementando medidas de seguridad proporcionales a los riesgos relacionados con los pagos.
  9. Costos totales en moneda nacional, incluyendo IVA, impuestos transfronterizos, costo de envío y la forma de entrega incluyendo los costos, plazos y opciones de envío.
  10. Comprobante de la transacción comercial, el cual deberá ser facilitado al consumidor por el mismo medio en que se celebró la transacción así como los medios para obtener el comprobante fiscal.

Además, la Procuraduría Federal del Consumidor emitió el Código de Ética en Materia de Comercio Electrónico, vigente desde el pasado 27 de febrero de 2021, con el objetivo respetar y promover los derechos de la población consumidora, fomentar una cultura de consumo responsable, promover derechos humanos de las y los consumidores, fomentar la publicidad digital ética y responsable, entre otros.

Este Código de Ética no es obligatorio para los proveedores de comercio electrónico, pero quienes así lo deseen podrán adherirse al mismo y solicitar ante la PROFECO su validación y registro. Una vez obtenido su registro, los proveedores podrán obtener, previo cumplimiento de sus requisitos, el Distintivo Digital Profeco.

En aras de generar confianza en el consumidor y promover la observancia de valores y principios dentro del comercio electrónico, resulta conveniente implementar esta medida administrativa.

En caso de tener alguna duda acerca del contenido de la Norma Mexicana de Comercio Electrónico (NMX-COE-001-SCFI-2018), o bien, de las implicaciones del Código de Ética para su negocio o sus proveedores,  póngase en contacto con nosotros.


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