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PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS SITIOS WEB O ECOMMERCE.

La actividad cada día más intensa en el ciberespacio en materia de publicidad y comercio, hace necesario implementar en los espacios electrónicos como sitios web, aplicaciones digitales y portales electrónicos, mecanismos para prevenir y brindar protección jurídica, por lo que ampliamente recomendamos contar con los siguientes:

  1. REGISTRO DE MARCA. Entendemos por este como el procedimiento legal-administrativo que nos permite solicitar ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, la exclusividad de uso y explotación de un producto o servicios identificado o distinguido con una marca de cualquier tipo[1], lo que a su vez impide que terceros comercialicen productos idénticos o similares con la misma marca o utilizando una marca tan similar que pueda crear confusión.
  • AVISO DE PRIVACIDAD. Este es un documento generado por la persona física (profesionista, médico, consultor, etc.) o persona jurídica (empresa o negocio de carácter privado) responsable de la recopilación y tratamiento adecuado de datos personales de sus clientes, el que debe ser puesto a disposición del titular de los datos. El aviso tendrá por objeto informarle sobre los alcances y condiciones generales del tratamiento de sus datos personales, a fin de que esté en posibilidad de tomar decisiones informadas sobre el uso de sus datos personales y, en consecuencia, mantener el control y disposición sobre ellos.
  • TÉRMINOS Y CONDICIONES. Es el documento que rige la relación contractual entre el proveedor de un servicio y el usuario en la web, en el que el proveedor establece las condiciones de uso de su servicio o comercialización de sus productos. Son cruciales para proteger la actividad económica en línea, así como para protegerlo de posibles responsabilidades frente a sus clientes o terceros.
  • DERECHOS DE AUTOR PARA EL PROGRAMA DE CÓMPUTO. Según la Ley Federal del Derecho de Autor, los programas de computación, sitios web, aplicaciones digitales y portales electrónicos, conocidos también como programas informáticos o software son considerados como obras, y su protección será en los mismos términos que las obras literarias. La protección de los programas de computación se extiende a los programas operativos y aplicativos, en forma de código fuente o de código objeto.

Beneficios:

  1. Certeza jurídica para el titular del sitio web como del cliente usuario del  mismo.
  2. Evitar demandas de usuarios o clientes por responsabilidad derivada de malos entendidos relativos a los términos de la prestación del servicio o venta o intercambio de productos.
  3. Evitar multas y sanciones de las autoridades, particularmente de Profeco e INAI[2].
  4. Destacarse de la competencia.

[1] Nominativa, innominada, tridimensional y mixta; holográfica, sonora, olfativa, de certificación, imagen comercial,

[2] Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

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