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SANCIONES Y MULTAS POR INCUMPLIMIENTOA LA CORRECTA IMPLEMENTACIÓN DE LA NOM035

La NOM035 a partir del 23 de octubre pasado entra en una etapa de inspección y supervisión de la autoridades laborales y de seguridad social en el país para corroborar su efectivo cumplimiento, por lo que en caso contrario se disponen la siguientes sanciones para los empleadores:

De acuerdo al Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo la autoridad laboral y de seguridad social podrá, de acuerdo a la clase incumplimiento y gravedad, sancionar a la empresa por infracción y por cada trabajador.


Quedamos a sus ordenes para asesorarlo en su cumplimiento.

El pago a los trabajadores en domingo de acuerdo a la LFT

De forma recurrente los patrones se preguntan cómo procede pagar a los empleados si por algún motivo trabajan los días […]

Cómputo de aguinaldo

De acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo debe ser pagado a más tardar el 20 de diciembre.

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